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Postúlese al cargo de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial

Su Fuerza Aérea Colombiana, con base en la Ley 1765 de 2015 y el Decreto Presidencial 631 de 2022, invita a los colombianos que cumplan con los requisitos para ocupar el cargo de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial (2 vacantes) a postularse entre el 02 de diciembre a las 7:00 a.m. y el día 09 de diciembre de 2022 a las 06:00 p.m.

Antes de realizar la postulación debe tener en cuenta:

  1. Leer detenidamente la normatividad aplicable: Ley 1765 de 2015 y Decreto Presidencial 631 de 2022.
  2. Enviar al correo la totalidad de la documentación que soporte cada uno de los requisitos.
  3. El único medio de recepción de la documentación es el correo electrónico.
  4. Documentación extemporánea o incompleta no será tenida en cuenta.
  5. La participación en esta invitación no genera ningún tipo de derecho consolidado, ni nombramientos en carrera administrativa.
  6. Postulación únicamente entre el 02 de diciembre a las 7:00 a.m. y el día 09 de diciembre de 2022 a las 06:00 p.m.

Requisitos ordenados para la elección de Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial en la Ley 1765 de 2015

“ARTÍCULO 11. REQUISITOS GENERALES. Para acceder a los cargos de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial, Juez Penal Militar y Policial de Conocimiento Especializado, Juez Penal Militar y Policial de Conocimiento, Juez Penal Militar y Policial de Control de Garantías y Juez Penal Militar y Policial de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad se requiere acreditar como requisitos generales los siguientes:

1. Ser colombiano por nacimiento y ciudadano en ejercicio.

2. Ser oficial en servicio activo o en retiro de la Fuerza Pública.

3. Acreditar título profesional de abogado.

4. Tener título de posgrado en una de las siguientes áreas: ciencias penales y criminológicas, derecho Penal Militar o Policial, criminalística, derecho constitucional, derechos humanos, derecho internacional humanitario, derecho probatorio, derecho procesal penal o derecho operacional.

PARÁGRAFO 1o. No obstante lo dispuesto en este artículo, los cargos de Juez Penal Militar y Policial de Control de Garantías y Juez Penal Militar y Policial de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad podrán ser desempeñados por civiles y no uniformados, siempre que acrediten los demás requisitos para el desempeño del cargo.

PARÁGRAFO 2o. Su selección será por meritocracia mediante evaluación de sus competencias por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), la Escuela de Administración Pública (ESAP), o cualquier otra entidad que pueda adelantar dicha evaluación”.

REQUISITOS ESPECIALES:

“ARTÍCULO 14. MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR Y POLICIAL. Para ser Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial será necesario, además de los requisitos generales consignados en la presente ley, ostentar grado no inferior a Teniente Coronel o Capitán de Fragata en servicio activo o en uso de buen retiro de la Fuerza Pública y acreditar una experiencia mínima de ocho (8) años en el desempeño de cargos como funcionario judicial en la Justicia Penal Militar y Policial.

ARTÍCULO 15. CARGOS DE PERÍODO. Los cargos de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial serán provistos por el Presidente de la República para un período fijo e individual, de ocho (8) años no prorrogable, de lista de candidatos conformada por miembros activos o en uso de buen retiro de la Fuerza Pública que cumplan los requisitos generales y especiales establecidos en esta ley. El procedimiento para conformar la lista será reglamentado por el Gobierno nacional.

Los Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial no son reelegibles y permanecerán en sus cargos durante todo el período, salvo que antes de su vencimiento incurran en una falta absoluta. Los uniformados que sean designados para ocupar estos cargos, permanecerán en servicio activo hasta concluir el periodo”.

El calendario de la presente convocatoria, así como, el mecanismo de selección de los postulados, se encuentran descritos en el Decreto Presidencial 631 del 27 de abril de 2022.

Postúlese en el siguiente formulario (si tiene problemas en la visualización ingrese a: https://bit.ly/3gS4qKN

Autor
Departamento Estratégico Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos

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