El suscrito Coronel Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor del Comando Aéreo de Combate No. 2., en calidad de Funcionario Disciplinario Competente, para notificar el Auto de fecha nueve (09) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), de conformidad con el artículo 57 “Notificación personal, por edicto y por aviso” de la Ley 1476 de 2011 “Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.”, procede a realizar la notificación por EDICTO, por los siguientes motivos:
Que el día nueve (09) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), se profirió Auto decreta de oficio nulidad parcial de la Investigación Administrativa No. 001-CACOM-2-SECOM-2024 que viene de la averiguación previa No 002-CACOM2-SECOM-2021, adelantada en contra del señor Coronel Retirado CASTILLO GARCÍA LEONARDO FABIO y otros, por parte de este Despacho en su parte resolutiva así:
“PRIMERO. - DECRETAR de oficio la nulidad parcial de lo actuado dentro de la Investigación Administrativa No. 001-CACOM-2-SECOM-2024, a partir del auto de fecha nueve (09) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), mediante el cual cerró la etapa de instrucción, de conformidad con el artículo 89 numeral 2 de la Ley 1476 de 2011.
SEGUNDO. CONSEVAR la validez del acervo probatorio recopilado dentro de la investigación administrativa No 001-CACOM2-SECOM-2024
TERCERO. NOTIFICAR a los sujetos procesales de acuerdo a los términos previstos en la ley 1476 del 2011.”
Que el día veintiuno (21) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), el suscrito Coronel Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor del Comando Aéreo de Combate No. 2., mediante correo electrónico solicitó al señor Técnico Primero (R) SANDINO ROJAS JORGE ANDRÉS, allegar formato de Autorización de Notificación a Través de Medios Electrónicos, con el fin de llevar acabo trámite de notificación personal.
Que el día doce (12) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), el suscrito Coronel Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor del Comando Aéreo de Combate No. 2., mediante correo electrónico solicitó nuevamente al señor Técnico Primero (R) SANDINO ROJAS JORGE ANDRÉS, allegar formato de Autorización de Notificación a Través de Medios Electrónicos, con el fin de llevar acabo trámite de notificación personal.
Sin embargo, a la fecha del presente EDICTO, no se ha logrado surtir notificación del Auto en mención, al señor Técnico Primero (R) SANDINO ROJAS JORGE ANDRÉS, identificado con cédula de ciudadanía No. 94.154.282, es por lo que este Despacho, bajo el amparo de lo estipulado en el artículo 57 “Notificación personal, por edicto y por aviso”, se permite surtir notificación por edicto del Auto de fecha nueve (09) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).
“ARTÍCULO 57. NOTIFICACIÓN PERSONAL, POR EDICTO O POR AVISO. La notificaciones personal, por edicto o por aviso, se realizarán en la forma y términos que lo establece el Código Contencioso Administrativo, para los actos administrativos particulares y concretos.
Se notificarán personalmente las siguientes actuaciones: el auto de apertura de investigación o el que ordene la vinculación, el auto que deniega total o parcialmente las pruebas solicitadas y los fallos.
En caso de no poderse efectuar la notificación personal procederá la notificación por edicto o por aviso según sea el caso.”
PERSONAL A NOTIFICAR:
VER EN DOCUMENTO ANEXO LA NOTIFICACIONES