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Comunicado de Prensa

El Ministerio de Defensa Nacional – Fuerza Aérea Colombiana, se permite informar a todo el personal que prestó el servicio militar obligatorio que:

Al personal que estuvo vinculado bajo dicha modalidad no se le conforma hoja de vida, teniendo en cuenta que el mismo no constituye vinculación laboral, pues obedece al cumplimiento de un deber constitucional y legal.

La prestación del servicio militar obligatorio, no dio derecho al reconocimiento de tiempos dobles, teniendo en cuenta que solo se estableció este derecho para Oficiales y suboficiales; siempre y cuando una vez decretado el estado de conmoción interior, se acreditara además que, el Consejo de Ministros señalara las respectivas zonas donde operaría el beneficio, por considerar que las condiciones que se presentaban así lo justificaban y se expidiera un Decreto por parte del señor Presidente de la República, y haber laborado en la zona afectada.

Es preciso señalar que a partir de la vigencia del Decreto Ley No. 0609 de 15 de marzo de 1977, no se volvieron a reconocer tiempos dobles.

Finalmente, en lo concerniente a la prima de Actualización, se permite informar que el personal de soldados que prestó el servicio militar obligatorio de acuerdo a la Ley 1° de 1945 y la Ley 48 de 1993, tiene derecho exclusivamente al reconocimiento durante la prestación del servicio de una bonificación mensual fijada por el Ministerio de Defensa Nacional, lo cual no constituye salario y no da derecho a devengar la prima referida por no existir marco legal que la reconozca; siendo reconocida unicamente de acuerdo al plan quinquenal para la Fuerza Pública 1992-1996 aprobado por el Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES, derecho que fue otorgado mediante los Decretos 0335 de 1992, 25 de 1993, 65 de 1994, y 133 de 1995, y que dejó de ser aplicable por la expedición del Decreto 107 de 1996 que derogó en forma expresa el Decreto 133 de 1995 y que contemplaron el pago de prima de actualización única y exclusivamente para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares activos para la época de su vigencia.

Autor
Oficina de Prensa Fuerza Aérea Colombiana

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