Es de aclarar que la notificación luego de cinco días de publicada, es considerada como surtida, así mismo, por principio de Transparencia, la Fuerza Aeroespacial Colombiana, considera no eliminarlas, con el objetivo de que los interesados identifiquen que este procedimiento se realizó en los tiempos y términos de Ley.
En atención a queja anónima, la cual trata de una presunta conducta contra la ética institucional por parte de un funcionario público perteneciente a la Fuerza Aeroespacial
Colombiana – CODAF – JEADA - DIFIN, es perentorio realizar las siguientes precisiones, de acuerdo al caso en comento: (VER RESPUESTA COMPLETA EN EL DOCUMENTO ANEXO)
Que, el señor SANTOS MANUEL ORTIZ PEREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.051.180, el 06 de noviembre de 2024, radicó la Petición mediante Sistema HERMES, bajo radicado No. FAC-E-2024-001137-RE, por medio de la cual solicitó: “Servicio Militar”
Que, al examinar la petición de acuerdo con el artículo 16 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015), se advirtió que carece de información, por ello, a través del sistema del correo electrónico de atención al usuario CAMAN, el día 26 de noviembre de 2024, se solicitó al peticionario, ampliar la información respecto a la solicitud realizada, mediante oficio radicado No. FAC-E-2024-001137-NR, ello, en razón a que la información debe ser completa, clara y precisa, para poder suministrar lo requerido por parte del peticionario. A la fecha, transcurrió el término de que trata la Ley 1755/15 en su artículo 17 eisudem, no se allegó lo requerido, se procede a la elaboración del presente desistimiento tácito conforme lo siguiente. Sin embargo, es de precisar que se realizó llamado al peticionario al abonado telefónico: 3142439922 a efectos de verificar lo solicitado pero el peticionario manifestó que ya no necesitaba continuar con el trámite.
(VER DESESTIMIENTO EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:Que, el señor MISAEL JIMENEZ PEREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.365.397, el 06 de noviembre de 2024, radicó la Petición mediante Sistema HERMES, bajo radicado No. FAC-E-2024-001138-NR, por medio de la cual solicitó: “Servicio Militar”.
Que, al examinar la petición de acuerdo con el artículo 16 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015), se advirtió que carece de información, por ello, a través del sistema del correo electrónico de atención al usuario CAMAN, el día 26 de noviembre de 2024, se solicitó al peticionario, ampliar la información respecto a la solicitud realizada, en razón a que la información debe ser completa, clara y precisa, para poder dar trámite de fondo a su petición, sin embargo y teniendo en cuenta que por parte del peticionario, la fecha, y transcurrido el término de que trata la Ley 1755/15 en su artículo 17 eisudem, no se allego lo requerido, se procede a la elaboración del presente desistimiento tácito conforme lo siguiente. Sin embargo, es de precisar que se realizó llamado al peticionario al abonado telefónico: 310-2057339 a efectos de verificar lo solicitado pero este manifestó que no había realizado ninguna petición (VER DOCUMENTO COMPLETO EN ANEXO)
Documentos anexos:Respetuosamente me permito informar al señor Coronel Director de Inspecciones con Traspaso de Funciones Administrativas y de Mando como Inspector General de la Fuerza
Aeroespacial Colombiana, que siendo los 24 días del mes de Diciembre 2024, fue radicada en la ventanilla única virtual de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y
Felicitaciones (PQRSDF) del Comando Aéreo de Combate No 5, una queja anónima en contra del señor Brigadier General Comandante del CACOM 5, y la señora Mayor Comandante del Grupo de Inteligencia (E). (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
En referencia a las dos (02) denuncias presentadas a través del canal anticorrupción de la FAC, dispuesto en la página web de la FAC, de fecha 26 de diciembre de 2024, con radicados No.FAC-E-2024-030300-RE; FAC-E-2024-030301-RE, en el cual describen presuntas irregularidades por parte de un señor Oficial Comandante de una Unidad Militar Aérea, por posibles encubrimientos en actos de acoso sexual y participación en la persecución laboral del personal subalterno entre otros. Me permito informar que en relación a los siguientes items citados textualmente en su denuncia: (VER RESPUESTA Y DOCUMENTOS DE SOPORTE ANEXOS)
Documentos anexos:En referencia a la queja anónima con radicado institucional No. FAC-E-2024-000468-WA del 27 de diciembre de 2024 allegada a través de la ventanilla virtual de la Oficina de Atención y Orientación Ciudadana de la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC), se da respuesta a la misma con oficio No.FAC-S-2024-042712-CE del 31 de diciembre de 2024 / MDN-COGFM-FAC-COFAC-JEMFACATAM-SECOM
Documentos anexos:En referencia a oficio No FAC-S-2024-245229-CI del 17 de diciembre de 2024 / MDN-COGFM-FAC-COFAC-IGEFA-DIINS mediante el cual se remite por competencia denuncia presentada de forma anónima, a través del correo anticorrupción de la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC) el 12 de diciembre de 2024, radicada en la Sección Estratégica Gestión Documental de esta Fuerza bajo N.º FAC-E-2024-029633-RE de fecha 13-diciembre 2024, la cual cita lo siguiente ( VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:La jefatura de Relaciones Laborales, a los treinta 30 días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), pública el presente AVISO, para surtir el trámite de notificación del Acto administrativo No.01329 de fecha 26 de diciembre de 2024 "Por medio de la cual se prescriben unos Acreedores Varios sujetos a devolución por concepto de Transferencias", conforme en los términos establecidos del artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y lo Contencioso Administrativo, el cual se detalla a continuación:
Documentos anexos:En referencia a la denuncia presentada de forma anónima, a través del correo anticorrupción de la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC) el 12 de diciembre de 2024, la cual fue radicada en la Sección Estratégica Gestión Documental de esta Fuerza bajo N.°FAC-E-2024-029633-RE, con fecha 13 de diciembre de 2024, la cual trata de presuntas irregularidades de un señor Oficial señalado en el escrito, quien al parecer, ha estado realizando una maestría presencial en Bogotá durante periodos de 15 días varios meses, no ha devuelto los beneficios económicos que no le corresponderían durante su ausencia, como la partida de alimentación y la prima del cuerpo administrativo, me permito informar que su queja fue remitida a la dependencia competente, mediante oficio N.° FAC-S-2024-245229-CI del 17 de diciembre de 2024 / MDN-COGFM-FAC-COFAC-IGEFA-DIINS, quien deberá verificar lo ocurrido y brindar una respuesta completa, integra y de fondo.
Documentos anexos:En referencia a la denuncia presentada de forma anónima, a través del correo anticorrupción de la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC) el 08 de diciembre de 2024, la cual fue radicada en la Sección Estratégica Gestión Documental de esta Fuerza bajo N.°FAC-E-2024-029494- RE, con fecha 12 de diciembre de 2024, la cual trata de un presunto acoso sexual por parte de un señor suboficial hacia personal femenino en el ámbito militar como lo señala el citado documento, me permito informar que su queja fue remitida a la dependencia competente, mediante oficio No FAC-S-2024-243571-CI del 12 de diciembre de 2024 / MDN-COGFM-FACCOFAC- IGEFA, quien deberá verificar lo ocurrido y brindar una respuesta completa, integra y de fondo.
Documentos anexos:En atención a la remisión por competencia efectuada a este Comando Aéreo por parte de la Inspección General FAC, con ocasión de denuncia anónima presentada a través del correo
del correo anticorrupción de la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC) el 08 de diciembre de 2024, mediante oficio con radicación interna FAC-S-2024-243571-CI del 13 de diciembre de 2024 / MDN-COGFM-FAC-COFAC-IGEFA, asignándosele consecutivo N.°FAC-E-2024- 029494-RE, con fecha 12 de diciembre de 2024, denuncia por medio de la cual se pone en conocimiento a juicio del quejoso anónimo una presunta omisión por parte del Comando del CACOM-3.. (VER RESPUESTA COMPLETA EN DOCUMENTO ANEXO)
El Comando Aéreo de Mantenimiento se permite informar que decreta el desestimiento tácito de la petición mediante sistema Hermes, bajo radicado No. FAC-E-2024-023383-RE, por la cual se solicitó "se le permita visualizar las grabaciones por las cámaras de seguridad para el día 27 de septiembre entre las 01:00 p.m. a la 01:30 p.m."
Documentos anexos:En atención a lo indicado mediante documento radicado a través del sistema de gestión Documental Hermes FAC-E-2024-000445-WA de fecha veintinueve (29) de noviembre de la
anualidad que avanza, el cual trata de unos presuntos actos de acoso laboral de un Señor oficial orgánico del CODAF, es perentorio indicar lo siguiente, de acuerdo al caso en comento... (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
El Comando de Desarrollo Humano de la Fuerza Aeroespacial Colombiana - Jefatura de Relaciones Laborales - Dirección de Nómina y Prestaciones Sociales, a Los (16) días del mes de diciembre del año (2024), realiza y remite el presente AVISO, para surtir el trámite de notificación por aviso de acto administrativo relacionado a continuación, en los términos del artículo 69 del código de Procedimiento Administrativo y de lo Contenciosos Administrativo así. (Ver Documento Anexo).
Documentos anexos:En atención a las quejas allegadas mediante radicados FAC-E-2024-000447-WA de fecha 04 de diciembre de 2024 y FAC-E-2024-001202-NR de fecha 04 de diciembre de 2024, de
manera atenta me permito dar respuesta a su solicitud de acuerdo a lo expresado por usted de la siguiente manera: (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
En referencia a la denuncia anónima radicada a través Sistema de Gestión Documental de la Fuerza bajo N.° FAC-E-2024-029126-RE el 9 de diciembre del 2024, por medio de la cual se coloca en conocimento presuntos hechos en el Comando Aéreo Combate No 2
Documentos anexos:En atención al oficio radicado bajo el No. FAC-E-2024-027291-RE del 18 de noviembre del 2024, me permito informarle que su caso fue remitido por competencia a ESUFA, a través del oficio No FAC-S-2024-225315-CI del 19 de noviembre de 2024 / MDN-COGFM-FAC-COFAC-IGEFA.
Documentos anexos:En atención al oficio radicado bajo el No FAC-E-2024- 026565-RE del 8 de noviembre del 2024, me permito informarle que su caso fue remitido por competencia a GACAR, a través del oficio No FAC-S-2024-219803-CI del 13 de noviembre de 2024 / MDN-COGFM-FAC-COFACIGEFA.
Documentos anexos:En atención a la queja efectuada mediante radicado FAC-E-2024-027533-RE, a través de la ventanilla única de la FAC, el Comando Aéreo de Combate emite respuesta a las observaciones declaradas en el mencionado documento, en el que se da a conocer presuntas irregularidades que a su juicio incurrió dicha oficial desde el rol que desempeña. (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención a oficio No FAC-S-2024-215402-CI del 8 de noviembre de 2024 / MDN-COGFM FAC-COFAC-IGEFA, a través del cual se requiere presentar una respuesta de fondo respecto a la denuncia presentada de forma anónima, a través del correo anticorrupción de la Fuerza Aeroespacial Colombiana el día 01 de noviembre de 2024, la cual fue radicada en la Sección Estratégica Gestión Documental de esta Fuerza, bajo radicado N.°FAC-E-2024-026025-RE, con fecha 01 de noviembre de 2024, contra la ex Secretaria de Gobierno de La Dorada, Caldas, la señora LEIDY TATIANA RUEDA IBARRA, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" (sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015); con toda atención me permito informar al señor (a) denunciante, lo siguiente:
Documentos anexos:En atención a las quejas anónimas recibidas por la Inspección General FAC por diferentes medios, radicadas en el sistema de información documental de la FAC bajo los números FACE-2024-001300-PE, FAC-E-2024-001299-PE, FAC-E-2024-025540-RE, FAC-E-2024-025558-RE, FAC-E-2024-025556-RE, en las que se indica en términos generales que en el Comando Aéreo de Combate No. 6, por parte del Comandante y Segundo Comandante de la Unidad se está obligando al personal civil a desalojar las viviendas, afectando a las personas por el “riesgo de seguridad, el acceso a servicios esenciales y su estabilidad, afectando al parecer, de manera especial a familias en condiciones de vulnerabilidad, incluidas mujeres cabeza de hogar y menores de edad, quienes estarían siendo expuestos a áreas con presencia de grupos ilegales, aumentando su riesgo”, esta Inspección luego de analizar los hechos y verificar las actuaciones ejecutadas en dicha Unidad Militar, se permite indicar lo siguiente:
Documentos anexos:De manera respetuosa y de conformidad con la solicitud interpuesta por medio de la Ventanilla Virtual Única Virtual de Peticiones, Quejas, Reclamos, sugerencias y Denuncias de la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la cual fue radicada bajo el número interno FAC-S-2024-000448-WA del 4 de diciembre de 2024, por medio de la cual manifestó lo siguiente: (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En referencia a la denuncia presentada de forma anónima a través del canal anticorrupción de la FAC, con fecha 16 de noviembre de 2024, a las 20:37 horas, radicada en la Sección Estratégica Gestión Documental de esta Fuerza, bajo N.°FAC-E-2024-027533-RE, en las que se mencionan presuntas conductas indebidas con una señora oficial del establecimiento de Sanidad Militar del Comando Aéreo de Combate N°.3... (VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención a la denuncia presentada por conducto de la ventanilla única virtual de la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la cual fuere asignada a este Comando Aéreo bajo el radicado FAC-E-2024-000417-WA, denuncia anónima por medio de la cual expone una serie de situaciones que involucran la esfera personal de la oficial subalterna relacionada y que forma concomitante presuntamente y desde el rol desempeñado por la misma, actuaciones que pudieren afectar el desempeño laboral... (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En referencia a la denuncia presentada a través del canal anticorrupción de la FAC, con fecha 21 de noviembre de 2024, a las 19:49 horas, radicada en la Sección Estratégica Gestión
Documental de esta Fuerza, bajo N.°FAC-E-2024-028318-RE, en las que se mencionan presuntas irregularidades con la entrega de medicamentos vencidos, en la inspección en
Santa Cecilia, departamento Vichada. Con toda atención, me permito informar que su queja fue remitida a la dependencia competente, mediante oficio No FAC-S-2024-234097-CI del 01 de diciembre de 2024 / MDN-COGFM-FAC-COFAC-IGEFA, quien deberá verificar lo ocurrido y brindar una respuesta completa, integra y de fondo. Asimismo, la Oficina de Integridad de la Inspección General FAC, hará seguimiento en el marco de su competencia. (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
En atención a la denuncia anónima radicada a través de la ventanilla unica virtual PQRSDF de la Fuerza Aeroespacial Colombiana, bajo el consecutivo FAC-E-2024-000426-WA, del
12 de noviembre de 2024, y en la cual se informa presuntos comportamientos y comentarios desplegados por oficial superior, orgánico de este Comando Aéreo, en contra de personal femenino, los cuales de acuerdo a lo aseverado desvaloran el rol militar de la mujer, capacidades y desempeño laboral, me permito emitir respuesta en los siguientes terminos: (VER DOCUMENTO ANEXO)
De manera respetuosa y de conformidad con la solicitud interpuesta por medio de la Ventanilla Virtual Única Virtual de Peticiones, Quejas, Reclamos, sugerencias y Denuncias de
la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la cual fue radicada bajo el número interno FAC-S-2024-028318-RE de fecha 29 de noviembre de 2024, por medio de la cual manifestó que “en la semana del 18 al 22 de noviembre en el departamento del Vichada, más exactamente en la inspección e Santa Cecilia, la fuerza aérea entrego medicamentos vencidos...”; me
permito solicitar al señor(a) anónimo allegar al Grupo Aéreo del Oriente, la fotográficas o las evidencias donde se observe que los medicamentos estén vencidos, toda vez que en la queja anónima no se alcanza a observar la fecha de vencimiento de los mismos. (VER SOLICITUD EN DOCUMENTO ANEXO)
En referencia a petición anónima radicada bajo el Radicado No FAC-E-2024-027291-RE del 18 de noviembre del 2024, cuyo asunto es “Queja por condicionamiento indebido de permisos de descanso al personal en curso de ascenso durante Semana Santa de 2024 en la Escuela de Suboficiales de la FAC” remitida a la Escuela de Suboficiales FAC mediante oficio FAC-S- 2024-225315-CI de asunto “Remisión por competencia”, me permito dar respuesta al peticionario anónimo de acuerdo con los siguientes términos: (VER RESPUESTA INTEGRAL EN DOCUMENTOS ANEXOS)
Documentos anexos:El comando de Desarrollo Humano de la Fuerza Aeroespacial Colombiana - Jefatura de Relaciones Laborales - Dirección de Nómina y Prestaciones Sociales, a los (27) días del mes de noviembre del año (2024), realiza y publica la presente CITACIÓN en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 1437/11 CPACA; con el din de solicitarle tenga a bien comparecer ante la Dirección de Prestaciones Sociales FAC, ubicado en la carrera 54 No. 26 - 25 edificio fortaleza, oficina 144, dentro de los cinco (05) días siguientes a la publicación de este comunicado, lo anterior con el fin de ser notificado personalmente del acto administrativo como en cada caso se indica.
Documentos anexos:En el Comando de Desarrollo Humano de la FAC se recibió el oficio No. FAC-S-2024-198542- CI del 9 de octubre de 2024, a través del cual se remitió, por competencia, la queja que interpone por presunto acoso laboral y sexual en contra de un personal de Suboficiales del Casino Central de Suboficiales. Por ello, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015) el cual expresa... En este sentido, de la revisión de la queja se observa que no se cumplen todos los requisitos para proceder a su trámite, motivo por el cual lo requiero para que, dé alcance a la misma y aporte..... (VER SOLICITUD EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos: